La Comunidad ayuda a elaborar la declaración de la renta
José Buitrago
La Comunidad de Madrid colabora en la elaboración de la declaración de la Renta para personas con pocos recursos en la iniciativa de “Turno de Oficio de Renta” del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM). La iniciativa la presentó a las Asociaciones de Consumidores de la región la directora general de Consumo, Carmen Martínez de Sola, acompañada por el Presidente de ICOGAM, Fernando Santiago.
Esta iniciativa tiene como objetivo prestar un servicio gratuito a personas y colectivos de la región con recursos limitados, para que puedan tener confeccionada su renta por los profesionales formados específicamente en esta campaña de Renta 2011 por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Madrid (AEAT).
Martínez de Sola trasladó a las asociaciones los detalles del desarrollo de la campaña y les ofreció la posibilidad de colaborar trasladando la información a sus asociados y consumidores en general. De esta forma, se prestará un servicio gratuito de calidad a los contribuyentes madrileños en esta época de crisis, a la vez que se aligerará la carga de las administraciones de Hacienda en su labor de confección gratuita de declaraciones.
El año pasado se atendieron a 700 madrileños
En la primera edición del Turno de Renta se atendió a 700 madrileños, una cifra que duplicó el objetivo marcado inicialmente. El servicio de cita previa del Turno estará disponible hasta el próximo 27 de junio en el teléfono gratuito 901 44 40 40. Se podrán acoger a él todos los ciudadanos residentes en la Comunidad de Madrid que se encuentran en situación de desempleo o que, estando en activo, no tengan más ingresos que declarar que las rentas de su trabajo y, como máximo, dos viviendas (una habitual y una segunda residencia), sin que ninguna de ellas esté alquilada.
Los requisitos para acogerse al servicio son exigidos por la Agencia Tributaria de Madrid y son los mismos que se requieren para optar a la confección gratuita de la declaración en Hacienda. Pueden solicitarlo quien obtiene rentas por rendimientos de trabajo o por rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención, ingreso en cuenta o derivados de Letras del Tesoro; quien tiene imputación de rentas inmobiliarias con origen, como máximo, en dos inmuebles; quien tiene ganancias patrimoniales sujetas a retención, ingreso en cuenta o por subvenciones a la adquisición de vivienda habitual. También quien no ha recibido rentas exentas con progresividad, quien no compensa partidas negativas de años anteriores, no ejercita el derecho a la deducción por doble imposición internacional y quien no debe regularizar situaciones tributarias de ejercicios anteriores a 2011