Absuelto, 14 años después, el acusado de un alijo de 15.000 kilos de hachís
Juan García.
Este pensionista con un curiosamente patrimonio multimillonario, tenía alquilada una vivienda de Lorca en la que aparecieron más de un centenar de fardos de esta droga. Contrató, meses antes del juicio, al abogado penalista de Murcia, Raúl Pardo-Geijo Ruiz que cambió el rumbo de su defensa consiguiendo finalmente su absolución. La droga estaba valorada en más de 20 millones de euros.
Más de 14 años ha tardado la Justicia en levantar la dura acusación que pesaba sobre C.L.L., sospechoso de encabezar el desembarco en una playa aguileña de un alijo de más de 15.000 kilos de hachís. Este vecino de Villanueva del Río Segura se enfrentaba a una pena de cinco años de prisión por estos hechos, ocurridos a finales de 2006. Sin embargo, el titular del juzgado de lo Penal de Lorca ha decidido ahora absolver a este acusado -que cambió in extremis su estrategia de defensa, a través del letrado Raúl Pardo-Geijo Ruiz- por falta de pruebas. «El único indicio existente», dicta la sentencia haciendo alusión a las palabras del abogado penalista murciano, «no reúne los requisitos de solidez y contundencia que serían exigibles para la condena del acusado».
Los hechos que dirime esta sentencia se remontan al 9 de diciembre de 2006. Aquella noche unos agentes de la Guardia Civil del puesto de Águilas hallaron en la playa de Los Hierros una embarcación neumática abandonada. Esta barca llevaba varios bidones de gasolina cargados y uno de los perros que acompañaba a los agentes detectó en ella olor de droga. Con este dato, los guardias comenzaron a batir los alrededores y hallaron un fardo de hachís abandonado entre la maleza.
Sospechando que desde la embarcación se podría haber desembarcado un gran alijo de esta droga, la Benemérita comenzó a examinar las casas de campo de los alrededores en busca de pistas. En el transcurso de esa inspección, los agentes llamaron a la puerta de la finca Hierbabuena, en el paraje lorquino de Cuesta de Gos y dieron en el clavo. Los agentes hallaron allí, repartidos en varias habitaciones, hasta 490 fardos con 15.000 kilos de hachís. El valor de la sustancia intervenida superaba los veinte millones de euros.
Unos veinte días antes de este hallazgo, el acusado C.L.L. había alquilado la casa donde se halló la droga. Según explicó al propietario, en la vivienda se iba a alojar, en realidad, un ciudadano francés. La documentación que facilitó el procesado sobre este ciudadano era, sin embargo, una falsificación y nunca se pudo dar realmente con esa persona. Con estos datos sobre la mesa, sin embargo, el titular del juzgado de lo Penal de Lorca considera, haciendo suyas las palabras del abogado penalista murcia Raúl Pardo Geijo Ruiz, que “no cuenta con pruebas suficientes para quebrantar la presunción de inocencia del procesado” y condenarlo. «No existe prueba directa sobre la participación del acusado en la operación». El procesado sostuvo, en el juicio, que, aunque era pensionista por invalidez, venía dedicándose de manera extraoficial a la intermediación inmobiliaria en temas de fincas y casas. Ese fue el motivo que le llevó, según aseguró, a alquilar la casa de campo lorquina así como a disponer de gran patrimonio. Con esa teoría, diseñada bajo la nueva estrategia del abogado penalista murciano, C.L.L. explicaba, además, las reticencias que tenía a proporcionar su carné de identidad para este trámite, ya que, afirmó, temía que la Seguridad Social descubriese que realizaba esa labor de intermediación a la vez que recibía una pensión por invalidez. Su argumentación convenció al magistrado.
A expensas de estos razonamientos, el día en que se descubrió el alijo, el acusado afirmó que había estado realizándose unas pruebas médicas en el ambulatorio del murciano barrio de El Carmen. Posteriormente, explicó, pasó tres días alojado en un hotel de la carretera de Fortuna, cercano al pantano de Santomera. El juez recuerda, en su resolución judicial, que ninguna de estas actividades habría impedido que C.L.L. participase en este operación de narcotráfico, pero resalta, citando al penalista Raúl Pardo Geijo Ruiz que en este caso se da «una ausencia de prueba de cargo suficiente capaz de desvirtuar la presunción de inocencia».