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Condenado Sanitas y un cirujano a pagar 30.000 euros por no informar a una paciente de los riesgos de una operación

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la aseguradora médica privada Sanitas y a un cirujano que presta servicios para esta entidad a pagar 30.000 euros por no informar a una paciente, de 47 años, de los riesgos de una operación de vesícula. La mujer tuvo que ser intervenida en varias ocasiones por problemas derivados de la primera operación, lo que le provocó secuelas estéticas.

   En una sentencia, la Sala estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Asociación El Defensor del Paciente contra la sentencia de instancia que desestimó la solicitud de indemnización de la afectada. Los magistrados revocan la denegación del pago, declarando responsables civiles a Sanitas y al  especialista M.G.P. En cambio, exonera de responsabilidad a la Clínica Cemtro, en el distrito Fuencarral-El Pardo.

   La afectada, Betty V.V., entró en el quirófano de la Clínica Cemtro el 17 de diciembre de 2001 para ser operada de vesícula (colecistectomía) por colecistitis aguda. Tras esta primera intervención, se sometió a otras tres operaciones por estenosis de la vía biliar principal, que le originaron "una merma laboral y un evidente perjuicio estético".

   Un año después, fue reintervenida en la Clínica ICE para la colocación de un catéter para descomprimir la vía biliar. Tras ello, fue operada otra vez porque la sintomatología no cesaba. De nuevo, el 13 de noviembre ingresó en el Hospital Clínico San Carlos, donde le diagnosticaron de Ictericia obstructiva y Colangitis recurrente. El 27 de diciembre de 2002 volvió a ser intervenida.

   En la resolución, los magistrados sustentan la condena en el derecho del paciente a ser informado como "presupuesto básico para que se preste un consentimiento informado de la práctica sanitaria que se le va a realizar", lo que constituye "un elemento fundamental en la relación médico paciente".

   La Sala no da validez a un documento que firmó la mujer respecto a un consentimiento informado, al estimar que se trata de "un mero impreso", en el que "no se especifica ni la intervención de que va a ser objeto la demandante, ni otra cuestión que los riesgos y complicaciones inherentes a un procedimiento quirúrgico y posquirúrgico".  

   "Ni se especifica la intervención de que va a ser objeto ni cuales son las complicaciones que pueden producirse como consecuencia de dicha intervención", asevera la Sección, que concluye: "Por tanto, no puede considerarse como documento bastante para acreditar que se produjo la información que le incumbe exclusivamente al médico que va a realizar la intervención".

Etiquetas:sanidad