Condenan al juez Ferrín Calamita por ser y actuar como católico
Redacción Madrid. 23 de diciembre.
Calamita fue hoy condenado por la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia a la pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público y la indemnización de 6.000 euros a la demandante por retardo "malicioso" a la adopción de una menor que había sido solicitada por la compañera sentimental de la madre biológica.
El abogado Javier María Pérez Roldán, defensa del juez de familia Fernando Ferrín Calamita, afirmó hoy que "ya planea el recurso ante el Tribunal Supremo, por ausencia de mala fe en los retrasos producidos en el proceso de adopción" y "por la modificación de la calificación penal por la que fue imputado". Asimismo, anunció que presentará una querella contra el juez instructor, Manuel Abadía, y el equipo psico-social "por elevar un informe sin haber examinado a la pareja de lesbianas, lo que supone una clara falsedad documental".
La querella contra el juez instructor de la causa responde a "una prevaricación culposa y dos dolosas". Y es que, explicó, Abadía "aceptó la causa a pesar de no apreciar indicio de delito para no contradecir a la Sala"; razón por la que se preguntó "dónde queda la independencia del instructor, porque posteriormente modificó la calificación jurídica sin practicar pruebas adicionales".
En un comunicado, la defensa del juez subraya que "lo curioso es que el juicio se abrió por prevaricación continuada y, sin embargo, finalmente la Sala ha decidido modificar la calificación y condenarle por un retardo que estima como malicioso".
A juicio del letrado, "el retraso se produce porque el primer informe solicitado por el juez de Familia al equipo psico-social adscrito al juzgado nunca se realizó". Incluso, advirtió, "las propias lesbianas reconocieron que nunca fueron evaluadas por los profesionales del equipo".
El segundo informe solicitado por el juez a la Dirección General de Familia de Murcia "tampoco resultó satisfactorio, porque los psicólogos no quisieron manifestarse sobre cuestiones psicológicas tras haber sido aprobado el mal llamado matrimonio homosexual", sostuvo el letrado Pérez Roldán, quien recordó que "argumentaron que, en todo caso, la niña viviría con las dos 'madres' y que sería mejor que ambas gozaran de la patria potestad a efectos de una mayor protección jurídico-patrimonial de la niña".
"Sin embargo, no respondieron a la pregunta formulada por el juez, que no era otra sino evaluar el eventual impacto psicológico que para la niña tendría ser educada por dos madres", indicó el abogado defensor, tras lo que recordó que "el juez exigió a la Dirección General de Familia que propusiera prueba".
Por ello, consideró que "el retraso no se debe a una actitud maliciosa por parte del juez, sino a la ausencia de informes profesionales serios sobre la idoneidad de la adoptante".
Al hilo, apuntó que "lo irónico de esta sentencia es que se condena al juez Ferrín Calamita por haber tenido el expediente seis meses parado, cuando la realidad en la justicia española es que los asuntos están mucho más tiempo sin que se realice actuación alguna sobre ellos".
Igualmente, criticó que el TSJ de Murcia "ni siquiera ha dictado la sentencia de condena en el plazo que la ley establece, que son cinco días", por lo que se preguntó si "ha prevaricado por ello el TSJ".