Consigue la impunidad ante la acusación de abuso sexual continuado
El juicio fue celebrado ante el Juzgado de Granada. Su abogado penalista, Raúl Pardo-Geijo Ruiz, consiguió de esa manera su absolución en el mismo acto del juicio al hacer entender a las partes y al propio Juez que no existía “engaño” o “abuso de superioridad” por lo que, tras tres años de procedimiento se dicta sentencia absolutoria para el acusado con todos los pronunciamientos favorables y sin responsabilidad civil alguna que satisfacer.
El acusado, antes de contratar al considerado como mejor abogado penalista de España, recurrió su cargo por abusos sexuales a través de otro abogado penalista a la Audiencia de Granada para que archivaran el caso y no fuese a juicio.
El Juzgado de Instrucción de Granada dictó un auto por el que llevaba a juicio al profesor acusado y relataba que los contactos sexuales entre la denunciante y el acusado parecen responder de lleno al tipo penal de abuso sexual continuado no sólo por la edad de la víctima cuando suceden los hechos, entre los doce y los dieciséis años, sino por la notable diferencia de edad entre ellos de unos 19 años, ella apenas una púber/adolescente y él un hombre maduro, ella una estudiante y él un profesor, además de tutor y profesor de su hermano, amigo de la familia y una especie de guía o consejero espiritual de la menor hasta el punto de que ella lo consideraba como un dios y el a ella como una ahijada (así la define el en su mensaje electrónico, despidiéndose de ella como su "padrino").
La Audiencia Provincial todavía se pronunció con más fuerza cuando relató que “la negación por el acusado de los actos de significación sexual que la joven denuncia, aunque sean solo tres los identificados en circunstancias de lugar y tiempo con relevancia penal en el curso de una relación entre ambos de varios años, mientras la víctima fue menor de edad, entre los 12 y los 16 o 17, y el ya un adulto con una diferencia de edad de diecinueve años, atribuyendo en cambio a la menor un interés sexual por él con iniciativas que rechazaba, mal casa con la detallada y angustiosa declaración testifical incriminatoria de la propia joven recibida por el Juez instructor ratificando una denuncia madurada una vez alcanzada la mayoría de edad en la que viene al parecer a descubrir un lento pero inexorable proceso de seducción fruto quizás de un insano e inapropiado sentimiento de enamoramiento del adulto por ella desde que era apenas una niña y mantenido durante la pubertad y la adolescencia, lógicamente animado por una atracción sexual que el acusado supuestamente trató de satisfacer en esas pocas ocasiones con tocamientos, besos, que esta no rechazaba abiertamente por, según dice ahora, no ser capaz de reaccionar o de enfrentarse a él a pesar del desagrado y hasta el asco que le causaba, precisamente por el tipo de relación, dice, que mantenían: el había sido profesor y tutor de su hermano en un colegio y con ocasión de la relación con su hermano, comenzó a frecuentar su casa hasta hacerse amigo de sus padres, empezó también a intimar con ella al apreciar sus dotes para la literatura, se convierte en una especie de guía espiritual para ella porque era también muy religiosa, lo consideraba incluso como un familiar -como si fuera su "tio"-, y es en este marco donde según denuncian ahora comienza el proceso de seducción de que hemos hablado, con mensajes de amor, ofertas de matrimonio para cuando ella fuera mayor de edad, y citas en las cuales denunciaban tienen lugar los actos sexuales descritos (…) Pero la testifical de la denunciante presunta víctima no es la única diligencia tomada en consideración por el Juez instructor para apreciar indicios de verosimilitud del delito investigado, saliendo en su apoyo otras que vienen a reforzarlos” (…) y continuaba exponiendo las declaraciones de diversos testigos así como el Informe del Médico Forense.
Ante tal situación, decidió cambiar de abogado y poner su caso en manos del reputado penalista Raúl Pardo Geijo, que ha sido este año 2020 premiado 12 veces como mejor abogado penalista en España. Así, como comienzo, además de un duro escrito de defensa ante el Juzgado de Granada, el abogado penalista, ya en el acto del juicio, relató en un discurso profuso que no existía ni “engaño” ni hubo “abuso de superioridad”, por lo que los hechos no resultaban delictivos. El Ministerio Fiscal se adhirió a la postura de Pardo Geijo y la Acusación Particular, también convencida, se retiró para que no le impusieran las costas. Según se desprende de las informaciones aportadas por la agencia EFE, los argumentos esgrimidos por este abogado penalista ante el Juez de Granada, convencieron finalmente a las partes, antes incluso de la celebración de la prueba y el resultado fue la asunción por el Juzgado de Granada de todo lo expuesto por este abogado penalista de origen murciano.