De la ONU sale el impulso al aborto como derecho y a la ideología de género
Fernando Ferrín Calamita. Se celebró el Día Internacional del Niño, en conmemoración de la aprobación por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 de la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990.
Paradojas de la vida: de la ONU sale el impulso al aborto como derecho y a la ideología de género. Millones de niños hoy ven vulnerados sus derechos fundamentales, no tienen infancia, metidos en medio de guerras y, en los países del Primer Mundo (¿?), en muchas ocasiones por las personas o entidades que tienen la obligación de protegerlos, los padres, tutores o los Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma, en el caso de España.
El Preámbulo de la Convención está lleno de frases rimbombantes, deseos y palabras huecas:
“Recordando que en la Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales,
Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad,
Reconociendo que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión,
Considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad,
Teniendo presente que la necesidad de proporcionar al niño una protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño,
Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, «el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento»…
Como sigo, papel mojado. La Convención, que consta de 54 artículos, ha quedado de facto derogada. El niño no es sujeto de derechos, sino que en muchas ocasiones es mero objeto, se le cosifica. No es su interés el superior, como reza el artículo 3.1 --“En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”--. Sus derechos se postergan y sacrifican por sus propios progenitores, verbigracia en los casos de divorcio contencioso, en los que hay veces que el niño no sabe ni dónde vive, al ir de una casa a otra como si fuera una pelota de tenis, siendo por ende sujeto pasivo de las disputas de sus padres, incluso de un lavado de cerebro por parte de uno de ellos (el conocido SAP).
El niño tiene derecho al desarrollo armónico de su personalidad, a saber quién es su padre y quién su madre, a no sufrir abusos –artículo 19.1:” Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”--. Sin embargo, es el propio Estado el que pretende adoctrinar al menor en una determinada ideología, como en épocas pasadas (Franco, con su asignatura F.E.N –Formación del Espíritu Nacional, que el que esto escribe recibió), o directamente corromperle, aunque suene duro, pero no se puede llamar de otro modo a determinados contenidos de la extinta Educación para la Ciudadanía. No se le deja expresarse ni estudiar en el idioma que quiera. Hasta en los recreos se le vigila. No tiene derecho a recibir clases de Religión. Sus progenitores A y B, o solo a o solo B, deciden por él en materias que le van a condicionar de por vida, en derechos de la personalidad.
El interés del niño queda sí subordinado al de los mayores, en caso de conflicto. Los padres somos muchas veces egoístas y, si “se acaba el amor”, pues uno se divorcia, y el niño que espabile. Luego viene el fracaso escolar, el psicólogo, etc.
El tener un padre y una madre es esencial para el crecimiento armónico de un menor, las dos figuras de referencia –no lo digo yo, lo dicen los mayores expertos en la materia--. Pues como ahora dos personas del mismo sexo pueden casarse civilmente, si por naturaleza no pueden tener hijos, se recurre a la inseminación artificial o al alquiler de vientres de mujeres, algo que por ahora está prohibido en España –aunque en internet hay páginas de agencias especializadas, y anuncios de que “busco vientre en Perú”, por ejemplo--, pero no en otros países. Ahí tenemos a Miguel Bosé, Elton John y otros, que han tenido bebés mediante el recurso a tal práctica aberrante. El primero de ellos ya ha determinado de antemano lo que van a ser sus dos retoños: "uno ingeniero robótico y el otro astrofísico"… Y Candela, que ahora tendrá 7 años, también estará determinada por las cinco relaciones homosexuales de su madre. Ojalá me equivoque.
Total respeto para los homosexuales, pero en el conflicto con los derechos de un menor prevalecen los derechos de éste. No lo digo yo, lo dice la Ley. Se me ha tachado de homófobo por ello.
Está probada estadísticamente la enorme promiscuidad de este tipo de relaciones, su alta inestabilidad, su perjuicio para el menor, etc. Pero manda el pensamiento político imperante, lo políticamente correcto, de modo que cualquiera que ose cuestionar los derechos de tales personas queda defenestrado y proscrito. ¡¡Qué pena¡¡
Va a haber que poner en conocimiento del Comité de los Derechos del Niño, previsto en la Convención de los Derechos del Niño de 1989 -- y entre cuyas funciones están el seguimiento, la promoción, la interpretación y la adecuada aplicación de dicha Convención--, la “aplicación” por España de dicha norma…
¡¡Pero qué cosas digo¡¡ Estamos en época de recortes, y por falta de dinero no se ha creado la figura del Defensor del Menor –el PP la llevaba en su programa electoral, al menos en Murcia--, y en donde la había –Madrid—se ha suprimido…
Creo que esto último lo dice todo.
Por cierto, en octubre de 2013 la Asociación Americana de Psiquiatría acaba de cambiar la clasificación de la pedofilia en su Manual de Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales. Un trastorno se ha convertido así en una orientación o preferencia sexual más...