Principal

Diario YA


 

El Servicio de Inspección sostiene que el juez sí avisó que iba a cobrar por dar clases en la universidad de nueva york

El CGPJ recomienda archivar la investigación a Garzón

Redacción Madrid. 4 de junio. El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha concluido su investigación sobre los cobros del juez Baltasar Garzón por la Universidad de Nueva York y propone a la Comisión Permanente que archive las diligencias informativas al no haberse producido ninguna falta disciplinaria por parte del magistrado.
 
La jefa del Servicio de Inspección, Virginia García, tira por tierra todas las acusaciones formuladas por los abogados Antonio Panea y José Luis Mazón. Primero de todo, Garzón sí informó al órgano de los jueces que iba a percibir una cantidad económica por su labor de docente en la universidad, cuando solicitó el permiso de estudios y docencia. Incluso, informó que el centro le iba a cubrir no sólo los gastos de desplazamiento y vivienda sino también el mantenimiento personal y familiar, lo que implica el abono de una cantidad necesaria como medio de vida del magistrado.
 
Lo único que no hizo el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional fue especificar la cantidad que iba a percibir porque, según alegó en su escrito, en eso momento todavía no estaba fijada. De todas maneras, el servicio de inspección recuerda que en ningún momento la Comisión Permanente le pidió 'a posteriori' ningún tipo de aclaración sobre el importe de la retribución. Por eso, a su juicio, "no existe en ningún caso el engaño o falta de verdad que exige la norma para que se aprecie la comisión de la falta".
 
Otras de las alegaciones de los denunciantes es que es incompatible el hecho de ser juez y trabajar en una universidad pero, para el servicio de inspección, hay que tener en cuenta que la Comisión Permanente no consideró necesario que Garzón solicitara la compatibilidad sino un permiso de estudios porque durante el periodo como docente no iba a desempeñar su función como magistrado.
 
Sin embargo, aunque Garzón hubiera tenido que solicitar esa compatibilidad "en ningún caso hubiera sido compatible" con el cargo de juez porque, según recoge la Ley Orgánica del Poder Judicial, se considera incompatible el ejercicio de un juez "con todo empleo, cargo o profesión retribuida, salvo la docencia o investigación jurídica, así como la producción y creación literaria, artística, científica y técnica (...)". Por tanto, no hubiera habido "obstáculo alguno" para concederle el permiso.
 
En cuanto a si las cantidades percibidas pudieran exceder de los limitados fijados por la ley, "en ningún caso tal exceso podría producirse porque los límites se establecen en la ley para los supuestos en los que se compatibilizan dos cargos públicos, no existiendo limitación alguna cuando el cargo o empleo para el que se concede la compatibilidad es privado". Y es que recuerda que la Universidad de Nueva York "en modo alguno" forma parte de ninguna Administración pública española "ni por tanto la actividad allí desarrollada pertenecería al sector público español".
 
Sobre el posible delito de cohecho que acusan a Garzón de haber cometido por recibir este sueldo del BSCH, cuando ha sido instructor de una causa contra el presidente de esta entidad, el servicio de inspección recuerda que sobre este asunto ya resolvió el Tribunal Supremo, archivando la querella. Consideró válida la respuesta del Centro Rey Juan Carlos I que informó al Alto Tribunal que cuando Garzón aceptó la invitación de la universidad se desconocía que iba a ser este banco el que financiara esas actividades.
 
Para concluir, la instructora de las diligencias explica que a pesar de todo, la causa está prescrita porque las faltas muy graves prescriben a los dos años y Garzón finalizó la licencia en junio de 2006 y la querella se presentó en noviembre de 2008.
 
APOYO A GARZON
 
Por otro lado, varias asociaciones de la Memoria Histórica y familiares de desaparecidos durante la Guerra Civil y el franquismo se autoinculparon hoy ante el Tribunal Supremo como "inductores y cooperadores necesarios" de las resoluciones del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.
 
El abogado de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) Fernando Magán ha explicado a los periodistas, tras presentar en el registro del TS 103 escritos de autoinculpación, que estas personas se consideran inductoras de la decisión de Garzón de declararse competente para investigar los hechos.
 

En los escritos se reclama además la recusación de los magistrados de la sala de lo penal del Alto Tribunal que admitieron a trámite la querella por prevaricación que el sindicato Manos Limpias presentó contra Garzón, y especialmente la del ponente de esa resolución, Adolfo Prego. 

Etiquetas:garzóntribunales