Redacción Madrid. 12 de junio. El Consejo de Ministros dio luz verde el Proyecto de Ley de modificación de 47 leyes estatales para su adaptación a lo dispuesto en la Directiva de Servicios. La aprobación de esta Ley Omnibus busca impulsar la creación de empresas, la competencia y la internacionalización de las pymes españolas en el sector servicios, que representa el 66% del PIB y del empleo en España. La vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, afirmó que, con la nueva normativa "dejamos atrás la cultura de la autorización para todo" . Por lo pronto, se eliminan 16 regímenes de autorización previa, y 32 se sustituyen por comunicaciones previas o declaraciones responsables. Desaparecen más de 100 requisitos injustificados, se reforma la Ley de colegios profesionales y se simplifican al máximo los procedimientos administrativos.
La vicepresidenta segunda y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, destacó que, cuando esté plenamente en vigor, la previsión es que aporte 1,2 puntos al crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) y genere entre 150.000 y 200.000 empleos.
La trasposición de la directiva supondrá la modificación de 116 decretos y 47 leyes de los ámbitos de administración pública, consumo , servicios profesionales, empleo, servicios industriales y construcción, energía, transporte y comunicaciones, medioambiente y agricultura y sanidad.
Los principales cambios apuntan a la sustitución de la figura de la autorización previa que rige el acceso en numerosas actividades por meras comunicaciones de inicio de la actividad o declaraciones responsables por parte del prestador a la Administración, con lo que se reducen las barreras y los costes de entrada a la actividad económica.
Además, destaca la reforma de la Ley que regula los colegios profesionales. Este colectivo agrupa alrededor de un millón de profesionales, que suponen un 6,1% del empleo total y el 30% del empleo universitario. Entre las novedades, se eliminan restricciones injustificadas a la publicidad de los servicios profesionales, así como las restricciones impuestas por los colegios al ejercicio conjunto de dos o más profesiones. Se suprime también la función de los colegios de fijar baremos orientativos de honorarios o cualquier otra recomendación sobre precios, aunque se admite la colaboración con la Administración de Justicia a efectos de la tasación de costas.
Con la nueva norma, la solicitud de visado colegial de los trabajos profesionales será voluntaria, salvo que lo exija un Real Decreto, con lo que esto supone de ahorro para los profesionales y el consumidor. Además, los colegios no podrán imponer a los profesionales la obligación de visar sus trabajos y se prevé que la cuota de inscripción o colegiación no podrá superar en ningún caso los costes asociados a la tramitación de la inscripción.
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley, el Gobierno aprobará un Real Decreto que establezca los visados que serán exigibles y, en doce meses, remitirá a las Cortes un proyecto de ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.
Además, se sustituyen las las autorizaciones por declaraciones responsables en diversas actividades de la industria, la energía, las telecomunicaciones, el transporte terrestre, el sector ferroviario, medio ambiente y servicios de agricultura.