El Tribunal Supremo mantiene la absolución de 'El Egipcio' por los atentados del 11-M
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la Fiscalía y de otras partes personadas en el proceso por los atentados del 11-M, por lo que mantiene la absolución de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio', quien resultó exonerado del juicio celebrado en la Audiencia Nacional al tenerse en cuenta que ya había sido condenado por integración en organización terrorista en otra causa seguida contra él en Italia.
Fuentes de la acusación personadas a primera hora de esta mañana en el Tribunal Supremo para que les fuera notificado este fallo señalaron que la sentencia, que consta de 959 páginas, condena a cuatro años de prisión por un delito de tráfico de explosivos a Antonio Toro, ex cuñado del minero José Emilio Suárez Trashorras. Toro había sido absuelto por la Audiencia Nacional.
En cambio, el alto tribunal ha resuelto la absolución de cuatro de los 21 condenados en primera instancia. Se trata de Basel Ghalyoun, que había sido condenado a 12 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista; Abdelillah El Fadual El Akil, que había sido condenado a 9 años por colaboración con banda armada; Mouhanad Almallah Dabbas, condenado a 12 años por pertenencia; y el supuesto miembro de la 'trama asturiana' de tráfico de explosivos Raúl González, también ex minero, que había sido condenado a 5 años de prisión por suministro de explosivos.
El Supremo ha estimado parcialmente los recursos de casación interpuestos por otros tres procesados. Se trata de Otman El Gnanoui, al que el Supremo le quita dos años por considerarle inocente del delito de falsedad en documento oficial, manteniéndole la condena como autor material de los hechos, lo que suma un total de 42.922 años de cárcel; Hamid Ahmidan, al que se le anula una multa por tráfico de drogas impuesta por la Audiencia Nacional; y Hassan El Haski, a quien se le resta uno de los 15 años de prisión que le fueron impuestos, porque esta condena excedía lo máximo previsto en el Código Penal para el delito de pertenencia a organización terrorista.
En términos generales, y a la espera de que sea hecho pública la totalidad de la resolución, las mismas fuentes señalaron que el Supremo ha rechazado la práctica totalidad de recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Nacional.