Carlos Gregorio Hernández. 23 de Octubre.
El proceso de Kafka contaba como la clave estaba en el guardián y no en la ley. Esa misma impresión se desprende del rifirrafe judicial al que hemos podido asistir en la última semana gracias al auto del juez Garzón y a la subsiguiente respuesta del fiscal. Pero todos, juez, fiscal, oposición y medios de comunicación parecen coincidir con la lapidaria sentencia del presidente Zapatero: “a Franco ya le juzgó la historia”. Si el derecho se ha demostrado opinable, la historia parece una verdad indubitable a la luz de la sintonía generalizada. Esto y no el procedimiento es lo auténticamente sustancial.
Garzón puede haber quebrantado o forzado el derecho vigente para poder plantear su auto pero ha conseguido que todos, incluso los que le cuestionan, se ciñan en la réplica a los argumentos jurídicos y no enmienden, siquiera mínimamente, la cuestión de fondo. El juez explica en el auto que no es intención ni del tribunal ni de las asociaciones ―entre ellas una denominada “Héroes de la República y la Libertad”― “hacer una revisión en sede judicial de la Guerra Civil española (…) ya que ello supondría la formación de una especie de causa general”, pero su auto es en sí mismo un juicio condenatorio del franquismo. El repertorio de historiadores que figura en las notas a pie de página del texto no deja lugar a dudas de cual es esta interpretación: Santos Juliá, Julián Casanova, Francisco Moreno Gómez, Julián Chaves Palacios, etc. No hay matiz. No cita sus datos sino sus interpretaciones y, al citarles, comparte sus argumentos y sus errores.
Todas las acusaciones que vierte sobre el franquismo, basadas en la aplicación del derecho internacional, son verificables punto por punto en la represión ejercida por los frentepopulistas. Consciente de esto, Garzón recurre a un argumento muy curioso. Los crímenes cometidos por los republicanos ya fueron juzgados. Cierto, aunque no todos. Pero reconocer esto, señor Garzón, implica que reconoce legalidad de un régimen al que se permite juzgar, precisamente, por ser ilegal. Esta es una incongruencia propia de los historiadores a los que cita. No puede considerar ilegal el Alzamiento y legales los productos de este. Si considera ilegal al franquismo debería también juzgar esos otros crímenes, emprendiendo una tarea que efectivamente sería una “Causa General” que clarifique los hechos y ponga negro sobre blanco la realidad de la contienda. Si esto fuera así temblarían los cimientos de los partidos que se proclaman herederos de los existentes durante la República, porque todos sin excepción llegaron a matar incluso a los que no compartían su vía hacia la Revolución. Los nacionales justificaron el Alzamiento porque el Frente Popular estaba dando pasos hacia la Revolución y así se constató una vez que dio comienzo la sublevación, pues algunos de los partidos republicanos supeditaron la victoria en la misma guerra a su compromiso revolucionario que implicaba, entre otras muchas cosas, la aniquilación del adversario. A este respecto afirma Garzón que los sublevados querían acabar con la República pero para refrendarlo cita curiosamente un texto de Mola donde se defiende justamente la “Dictadura Republicana”. No era la República el objetivo de los alzados sino la Revolución.
Para justificar el presunto plan de los nacionales para eliminar a sus oponentes Garzón cita al general Emilio Mola y a Queipo de Llano. Para justificar su predisposición al exterminio del adversario se podrían citar textos idénticos de los frentepopulistas. Pero lo cierto es que, por lo menos con los nacionales, la realidad no fue esa y lo que se trata de desentrañar son hechos y no intenciones. Afirmar lo contrario significaría sostener el absurdo de que todos los españoles de hoy son hijos de franquistas y no quedaría heredero posible de los republicanos. La media España frentepopulista siguió viviendo en la España de Franco y no solo la población globalmente considerada, sino antiguos combatientes, políticos y sindicalistas comprometidos con la República pero sin delitos de sangre.
No termino de comprender por qué Garzón limita su búsqueda de responsabilidades en el franquismo al periodo1936-1952. En el texto se vincula esta fecha al fin del maquis, pero lo cierto es que aquellos terroristas siguieron siendo juzgados hasta la década de los sesenta. No es tampoco el final de los asesinatos extrajudiciales, pues Garzón incluye como represión a los ejecutados a consecuencia de la aplicación de la justicia franquista. Si el juez es coherente con su tesis ―la enmienda global al franquismo―, debería llegar en su exigencia de responsabilidades a la muerte de Franco e incluso a sus sucesor natural a título de rey y también a los gobiernos y parlamentos democráticos ―de los que ha sido parte el propio Garzón, Dolores Ibárruri y el mismísimo Santiago Carrillo― que, por haber incurrido en dejadez e incluso ocultamiento, han colaborado para que estos crímenes nunca fueran juzgados. No puede olvidarse el tan citado “de la ley a la ley”, pues según las tesis hoy en boga la democracia nace a partir del franquismo.
Aunque afirma ceñirse a los hechos denunciados lo cierto es que las cifras que propone cuestionan todos los estudios realizados hasta la fecha. Las cifras, ya conocidas, pero ahora desglosadas por regiones, desacreditan a cualquiera de los historiadores que hasta hoy se han ocupado del tema de la represión en la guerra civil, pues superan lo que se creía suma de la represión del bando frentepopulista y nacional juntos. Otro elemento que se aprecia es la falta de correspondencia entre las cifras que ofrecen las asociaciones y particulares demandantes y las que se reflejan en el auto. Pueden leerse cifras de regiones que todavía no han aportado datos ni tampoco estimaciones y cuyo origen no se justifica.
Para terminar, el auto de Garzón se refiere también “al supuesto crimen de Paracuellos del Jarama”. Y tan supuesto. ¿Ha pensado en identificar a los no identificados de Paracuellos? ¿Qué hay de esa otra memoria? Lo cierto es que Garzón remite a sus propias diligencias de 1998 en las cuales rechazó cualquier responsabilidad de Santiago Carrillo en los “supuestos” crímenes. Explica el juez que como aquellos “supuestos” ya fueron investigados y sancionados al terminar la guerra por la justicia franquista no hay razón para abrir una nueva causa al “honoris”. ¿Dónde ha localizado la sanción a Carrillo? Pues si la ha localizado ya va siendo hora de que la cumpla y si no que se le juzgue.