Redacción Madrid. 2 de febrero.
La Audiencia Nacional ve indicio de delito de enaltecimiento de terrorismo en la persona de Arnaldo Otegi al aceptar a trámite la querella criminal que la Asociación Víctimas del Terrorismo presentó el 3 de diciembre del 2008 contra el líder de Batasuna por los presuntos delitos de enaltecimiento comprendidos en los artículos 571 a 577 del código penal según redacción del artículo 578 del código penal y concordante.
La Asociación Víctimas del Terrorismo, que preside Juan Antonio García Casquero, interpuso en la Audiencia Nacional esta querella por unas declaraciones al diario Gara en una entrevista publicada el 30 de noviembre del 2008. En la misma afirmaba que ni "el cese ni tampoco la persistencia de la lucha armada solucionarían el conflicto vasco". La AVT considera que el líder batasuno ha incurrido en un presunto delito de enaltecimiento y justificación del terrorismo tipificados en los artículos anteriormente citados.
La entrevista comenzaba con la presentación del querellado como interlocutor del entorno proetarra con el Estado Español. En la misma vuelve a poner encima de la mesa los mismos principios de la “declaración de Anoeta”, la misma que apoyó la banda terrorista ETA el 16 de enero del 2005 en un comunicado publicado en el diario Gara, “cuatro territorios y el derecho a decidir libre y democráticamente nuestro futuro”.
En la entrevista, Otegui señalaba que “aquí conviene recordar que las recetas represivas ni van a alterar nuestra posición política ni va a destruir a la izquierda independentista”. Esta afirmación es interpretada por la AVT como una “acusación al Estado, al Gobierno, de utilizar prácticas represivas contra los independentistas como él, no respetando las reglas del juego democrático pero imputando un delito a las instancias del Estado”. Es decir, las mismas afirmaciones y acusaciones de la banda terrorista ETA en sus comunicados y Zutabes y que Otegi hacía suyas.