No es posible una vía catalana de integración
Ana Abril Ámez
La defensora del Pueblo en funciones, Mª Luisa Cava de Llano, ha recurrido la Ley de Acogida, por intentar implantar a los inmigrantes la enseñanza del catalán sobre la del castellano. La normativa se funda en la imposición del catalán como primera lengua en el momento que los inmigrantes lleguen a la Comunidad Autónoma.
Es el artículo 9 donde se establece dicha afirmación, “a lo largo de su proceso de integración, la persona titular del derecho de acceso al servicio de primera acogida tiene que alcanzar las competencias lingüísticas básicas en catalán y en castellano”. Hasta aquí, todo bien. La polémica mana en el siguiente punto, en el cual se añade que “ el servicio tiene que ofrecer la formación y los medios necesarios para la adquisición de las competencias básicas en lengua catalana a las personas que no las conocen”.
Esta Ley introduce la creación de un derecho de acogida que concederá certificados (certificado de aprovechamiento de los cursos) a las personas que superen un curso, que engloba una formación profesional, competencias lingüísticas elementales –formaciones que superan las 135 horas- y conocimientos sobre la sociedad y ciudadanía catalana.
Por ello, la actuación de Cava de Llano en recurrir la Ley de Acogida está más que justificada. La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto ya causó un gran revuelo en uno de los pocos preceptos que fueron eliminados –el que hace alusión al catalán como lengua preferente de las Administraciones Públicas-. Con una soga en el cuello el TC deberá pronunciarse acerca de si la Ley de Acogida es inconstitucional o no. Sin ningún tipo de miramientos con aquellos partidos que le apoyaron en el Parlament, la defensora del Pueblo en funciones ha antepuesto España, en contra de favorecer algunos brotes nacionalistas.
Priorizar la lengua catalana e integrar a un inmigrante a través de un procedimiento distinto al de otras Comunidades es un acto discriminativo para aquellos que quieran acceder a Cataluña, además de vulnerar la Ley de Extranjería. Con la aceptación de la norma se rompe con lo establecido en el artículo 14 de la Constitución Española donde se afirma que “Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Es una Ley que restringe los derechos de los extranjeros residentes con respecto al resto de ciudadanos.
Otro de las negativas de su ratificación es el atraso, respecto a otros ciudadanos de España, en conseguir la nacionalidad. Al tener escasos o nulos conocimientos del castellano, lo único que promueve es dificultar a estos extranjeros obtener la nacionalidad.
Una vez más, cada partícipe tira de la cuerda. Lo que no saben los catalanes es que optar por jugar en terreno de ambición puede provocar la rotura de la cuerda.