Redacción. Apenas minutos después de entregar la plataforma por la libertad religiosa “Más Libres” a la delegación de Gobierno más de 31.000 firmas que solicitan la prohibición de la manifestación organizada en Madrid, en fechas de la tradicional Semana Santa, por la Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores y por la Asamblea Vecinal La Playa de Lavapiés, esta ha sido finalmente prohibida. No obstante, la resolución también señala: "sin perjuicio de que se comunique otra fecha en la que no concurran las circunstancias expuestas en la resolución".
La razón principal que fundamenta la decisión está "en la necesaria protección del derecho fundamental de libertad religiosa de los católicos que tradicionalmente celebran en esta zona sus procesiones de Semana Santa y en la existencia de razones fundadas de alteración del orden público, con peligro real para la integridad física o moral de las personas, y la integridad de bienes públicos o privados".
Recordemos ahora la manifestación que convocó este mismo colectivo hace un año, para el Jueves Santo, que fue prohibida por la Delegación de gobierno. Decisión que corrobora poco después la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid número 267, de 20 de abril de 2011.
No convencieron entonces, ni convencen ahora, las pretensiones de los convocantes de "sensibilizar a la población sobre el derecho constitucional de libertad de manifestación, la libertad de expresión y la obligatoriedad de que las instituciones protejan la aconfesionalidad del Estado".
Hay varios argumentos que ponen a la vista de todos las verdaderas razones de los convocantes. Resulta evidente que la protesta se quería realizar precisamente en un día "de especial significado para las personas que tienen unas determinadas creencias religiosas como es el Jueves Santo".
Tampoco es casual el lugar elegido por los organizadores, el barrio de Lavapiés, "un lugar céntrico de Madrid, en el cual transcurren múltiples procesiones católicas, próximas a todos los recorridos propuestos por los organizadores". Los tres itinerarios propuestos por los convocantes se desarrollan en zonas próximas a las procesiones católicas del Jueves Santo.
Incluso el horario marcado, las 20 horas, coincide con el de procesiones católicas que tradicionalmente se desarrollan en la capital y con el de oficios y liturgias que se celebran en las iglesias existentes en este entorno, "a las que acuden gran cantidad de feligreses".
También menciona la resolución el hecho de que la Semana Santa es una época en la que Madrid recibe una gran afluencia de turistas españoles y extranjeros "que visitan Madrid para disfrutar de las procesiones que se desarrollan, no sólo por su carácter cultural, sino también por su valor cultural de patrimonio histórico ya que, con este motivo, se visualizan en el espacio público obras de arte que son admiradas como un atractivo cultural más de la ciudad".
Finalmente, se considera la convocatoria de contra-manifestaciones “que pueden producir incidentes de orden público".
¿Recurrirán este año también esta decisión ante la Justicia?. Realmente, el ser humano puede darse de cabezazos contra la misma pared hasta el infinito…
Elena Gutiérrez Espasandín