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La mayoría del Tribunal Constitucional resulta previsible en validar las iniciativas del gobierno socialista

La mayoría de siete magistrados del Tribunal Constitucional, frente al voto disiente de los otros cuatro, ha avalado la reforma legal que desde marzo de 2021 despoja al Consejo General del Poder Judicial de su competencia constitucional para efectuar los nombramientos de jueces y magistrados, entre ellos los presidentes y miembros de las Salas del Tribunal Supremo, Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas y Audiencias Provinciales.

La mayoría del TC está resultando demasiado previsible en su deseo de validar las iniciativas del Gobierno socialista, incluso las más controvertidas y dudosas desde el punto de vista jurídico. Lo que llama la atención es la levedad de los argumentos en que se basa la sentencia para justificar la privación –no simplemente la limitación– de una competencia esencial en la configuración constitucional del CGPJ, que no debería considerarse disponible para el legislador ordinario. De hecho, la argumentación del TC dota de un barniz jurídico a una argumentación estrictamente política de factura gubernamental. Es cierto que la falta de renovación del Consejo es una anomalía, pero ¿a qué da derecho esa anomalía? ¿El hecho de que el Consejo actual haya superado con creces su mandato por ausencia de un acuerdo político, autoriza, además, a bloquearlo? ¿No es constitucionalmente relevante que la prohibición de nombramientos esté conduciendo a una situación límite a la Justicia? ¿No afecta esto al Estado de derecho? ¿Existe el concepto de Consejo “en funciones”? ¿Es de recibo que se argumente en favor de la prohibición para salvaguardar el poder discrecional de un futuro Consejo porque este responderá a un signo político distinto?, ¿es que no revela arbitrariedad el hecho de que de la prohibición se exceptuara posteriormente la designación de magistrados del Tribunal Constitucional porque el Gobierno entendía que esa era su conveniencia?

La mayoría de TC ha dado luz verde a una situación ya cercana al colapso que se interpretará como una vía abierta para que, si se forma esa mayoría de izquierda e independentistas en torno a Sánchez, vuelvan a plantear su vieja aspiración de elegir a los vocales del Consejo con su sola mayoría, en vez de la mayoría cualificada que exige la Constitución, 3/5 de los miembros del Congreso y del Senado, salvo que el control del Senado por el PP después de las elecciones generales les disuada de semejante operación.

Por más que se intente culpabilizar al Partido Popular de esta situación, objetivamente lamentable y seria, lo cierto es que la mayoría parlamentaria tiene obligación de impulsar una negociación de buena fe para un acuerdo. Este necesariamente tiene que incorporar la reforma del procedimiento de elección de los 12 jueces y magistrados según los criterios que viene reclamando la Comisión Europea en sus sucesivos informes sobre Estado de derecho de la Unión y el Consejo de Europa a través de la Comisión de Venecia. Se trata de que los jueces sean elegidos por los jueces. Como ha dicho la Comisión Europea, no satisface esta exigencia la participación puramente cosmética de los jueces en la elección de una lista de la que tienen que salir los vocales que luego elijan el Congreso y el Senado. El Gobierno de Sánchez siempre se ha negado a este compromiso que ya es indisociable de la necesidad de poner fin a una situación que la sentencia de la mayoría del TC va a empeorar.

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